Distribuidora Rayco
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  Abr.26 de 2024   Usuario Clave
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Salud Ocupacional Distribuidora Rayco S.A.


1. Programa de Salud Ocupacional
2. Política de seguridad y salud ocupacional
3. Política de alcohol y drogas
4. Política de no fumadores
5. Política de seguridad vial
6. Políticas a seguir en centros de almacenamiento
7. Deberes de los funcionarios en cuanto a Salud Ocupacional y ARP
8. Concepto de incidente, accidente de trabajo y enfermedad profesional
9. Diagnóstico de condiciones de trabajo y/o panorama de riesgos
10 Guía para manejo de accidente de trabajo
11. Guía para manejo de incidente de trabajo
12. Plan de emergencias
13. Procedimientos operativos para emergencias
14. Guía para después de un siniestro
15. Glosario de salud Ocupacional
16. Formatos Incidentes, Ausentismo, botiquín y Análisis de Accidentes

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3. POLITICA DE ALCOHOL Y DROGAS

DISTRIBUIDORA RAYCO S.A., ha definido y establecido una política de Alcohol y Drogas, para prevenir, mejorar, conservar y preservar el bienestar de los funcionarios, calidad de vida, que permita un adecuado desempeño y competitividad del personal y de la compañía, así como el fomento de estilos de vida saludables, teniendo en cuenta lo establecido en la resolución 1075 de marzo 24 de 1992.

Es política de DISTRIBUIDORA RAYCO, mantener lugares de trabajo óptimos que permita alcanzar los más altos estándares en Seguridad, y Productividad. La empresa es consciente que el alcoholismo, la drogadicción y el abuso de sustancias alucinógenas y enervantes por parte de los funcionarios, tienen efectos adversos en la capacidad de desempeño y afectan considerablemente la salud, seguridad, eficiencia y productividad de los empleados y de la empresa en general.

La indebida utilización de medicamentos formulados, posesión, distribución y venta de drogas no recetadas o de sustancias alucinógenas y enervantes, en el desarrollo del trabajo, dentro de las instalaciones, u operación de motos y vehículos, está estrictamente prohibido. Así mismo, se prohíbe la posesión, uso, distribución o venta de bebidas alcohólicas en las instalaciones de LAS INSTALACIONES DE DISTRIBUIDORA RAYCO S.A. o cada uno de sus centros de trabajo, durante la prestación de servicios, no está permitida.

La empresa podrá realizar pruebas de alcohol y drogas directamente o a través de terceros, cuando existan razones para sospechar de abuso de alcohol y drogas, cuando un trabajador o contratista esté involucrado en un accidente y deba descartarse una relación con uso o abuso de estos. Se tendrá en cuenta la relación con las actividades definidas en el artículo 41 del Decreto 1108 de 1994).

Presentarse a trabajar bajo el efecto del alcohol, drogas y/o sustancias alucinógenas y enervantes o que creen dependencia, está estrictamente prohibido.

DISTRIBUIDORA RAYCO S.A., ha designado el Recurso Humano y financiero necesario para dar cumplimiento a esta política y espera por su parte, la colaboración de todos los funcionarios, participando activamente en los programas de sensibilización y capacitación.


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